Ayudas a Congresos

Criterios para la concesión de ayudas de la SEBP para la celebración de Reuniones Científicas

1. Serán susceptibles de ayuda económica por parte de la SEBP:

  • Las Reuniones Científicas organizadas por la SEBP y por los Grupos Temáticos constituidos y reconocidos dentro de la SEBP.
  • Las Reuniones Científicas, nacionales o internacionales, que traten sobre temas relacionados con los objetivos de la SEBP, y en cuyo Comité Organizador participen dos o más miembros de la SEBP.

    2. Las peticiones de ayuda económica para la celebración de las Reuniones Científicas indicadas en el apartado 1 deberán formalizarse, mediante carta dirigida al Presidente de la SEBP, como fecha límite:

    • El 30 de septiembre, para las que vayan a celebrarse en el primer semestre del año siguiente
    • El 30 de marzo, para las que vayan a celebrarse en el segundo semestre del mismo año. Las solicitudes de ayuda económica serán resueltas por la Junta Directiva y las resoluciones se comunicarán a los interesados.

      3. Las cantidades dedicadas a la financiación de Reuniones Científicas estarán condicionadas por las disponibilidades presupuestarias, y dependerán, en cualquier caso, del tipo de Reunión, de acuerdo con las siguientes categorías:

      • Reuniones Nacionales de la SEBP.
      • Reuniones de los Grupos Temáticos de la SEBP.
      • Reuniones en cuyo Comité Organizador participen dos o más miembros de la SEBP. En este caso, la financiación concedida deberá dedicarse exclusivamente a ayudas para la inscripción en la Reunión de socios de la SEBP.

      4. Normas para los grupos dentro de la SEBP-SEFV:

      • La solicitud de un nuevo grupo deberá ir avalada por la firma de al menos 20 socios ordinarios de la SEBP.
      • Las reuniones se celebrarán en años alternos no coincidiendo con el año de celebración del congreso general de la SEBP.
      • Para recibir financiación de la SEBP, la reunión deberá tener un mínimo de 40 asistentes.
      • Todas las reuniones deberán especificar una cuota de inscripción inferior para socios de la SEBP, tanto ordinarios como estudiantes, con una diferencia de precio igual o superior a la cuota de socio de la SEBP del año en curso (52€ para ordinarios y 26€ para adheridos).
      • Todos los grupos deberán tener un responsable dentro de la SEBP, que se encargue de la continuidad del grupo y de sus reuniones, y cuyo nombre y contacto se facilitará a la SEBP.
      • Después de cada reunión, el responsable de cada grupo se encargará de realizar, o encargar a alguien que realice, una reseña del congreso, que se enviará a la SEBP para ser publicada en el boletín de noticias.